4. Los Miembros convienen en que los intereses particulares de los Miembros exportadores que son productores de algodón deben, en consulta con ellos, quedar reflejados en la aplicación de las disposiciones del presente Acuerdo.
Pegue um outro bloco e coloque ao lado do bloco que encaixou por último, unindo um ao outro. Notice que a parte montada inicialmente tem os furos em um sentido e a nova camada tem os furos em outro sentido.
five. Los Ministros reconocen que, como resultado de la Ronda Uruguay, algunos paÃses en desarrollo podrÃan experimentar dificultades a corto plazo para financiar niveles normales de importaciones comerciales y que esos paÃses podrÃan tener derecho a utilizar los recursos de las instituciones financieras internacionales con arreglo a las facilidades existentes o a las que puedan establecerse, en el contexto de programas de reajuste, con el fin de resolver esas dificultades de financiación.
a) para proteger la salud y la vida de los animales o para preservar los vegetales en el territorio del Miembro de los riesgos resultantes de la entrada, radicación o propagación de plagas, enfermedades y organismos patógenos o portadores de enfermedades;
iv) Formular propuestas sobre la composición del Organo de Supervisión de los Textiles de conformidad con los criterios establecidos en el artÃculo 8 del Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido; y
8. Siempre que el OST haya de formular recomendaciones o conclusiones, las formulará de preferencia dentro de un plazo de thirty dÃas, a menos que se especifique otro plazo en el presente Acuerdo.
7. En el Anexo se indican los productos textiles y prendas de vestir a los que es aplicable el presente Acuerdo.
Reconociendo además que es necesario realizar esfuerzos positivos para que los paÃses en desarrollo, y especialmente los menos adelantados, obtengan una parte del incremento del comercio internacional que corresponda a las necesidades de su desarrollo económico,
one. No obstante lo dispuesto en el párrafo 1 b) del artÃculo II del GATT de 1994, todo Miembro podrá recurrir a las disposiciones de los párrafos four y five infra en relación con la importación de un producto agropecuario con respecto al cual se hayan convertido en un derecho de aduana propiamente dicho medidas del tipo a que se refiere el párrafo two del artÃculo 4 del presente Acuerdo y que se designe en su Lista con el sÃmbolo "SGE" indicativo de que es objeto de una concesión respecto de la cual pueden invocarse las disposiciones del presente artworkÃculo, en los siguientes casos:
15. Nada de lo dispuesto en el presente Acuerdo impedirá que un Miembro elimine cualquier restricción mantenida de conformidad con el presente artÃculo, con efecto a partir del comienzo de cualquier perÃodo anual de vigencia del Acuerdo durante el for eachÃodo de transición, a condición de que ello se notifique al Miembro exportador interesado y al OST por lo menos tres meses antes de que la eliminación surta efecto.
e) las tarifas banco de concreto com encosto preço de los transportes y fletes internos de los envÃos de exportación establecidas o impuestas por los gobiernos en condiciones más favorables que para los envÃos internos;
b) la venta o colocación para la exportación por los gobiernos o por los organismos públicos de existencias no comerciales de productos agropecuarios a un precio inferior al precio comparable cobrado a los compradores en el mercado interno por el producto equivalent;
i) con respecto a la ayuda otorgada durante el for eachÃodo de foundation, se especifica en los cuadros pertinentes de documentación justificante incorporados mediante referencia en la Parte IV de la Lista de cada Miembro; y
1. Como parte del proceso de integración y en relación con los compromisos especÃficos contraÃdos por los Miembros como resultado de la Ronda Uruguay, todos los Miembros tomarán las medidas que sean necesarias para respetar las normas y disciplinas del GATT de 1994 con objeto de: